SANTO DOMINGO.- La Fiscalía del Distrito Nacional ejecutó la orden de arresto dictada por la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Rosalba Garib Holguín, en contra de la joven July López, por haber cometido delito de perjurio.
La orden fue dictada luego de que la jueza de la Novena Sala Penal declarara nula la emitida por el magistrado Alejandro Vargas, en fecha 24 de julio de 2012, por considerar que no debió ser dictada de oficio sino a solicitud de parte.
July López mintió bajo juramento, al declarar que Omega la había golpeado, lo que motivó la solicitud de orden de arresto en su contra. López luego suscribió un desistimiento diciendo que no era cierta esa denuncia, además en el tribunal, en ocasión del conocimiento de la medida de coerción declaró que ella no conocía a Omega y que los golpes que presentaba eran producto de una riña con una joven, pero posteriormente esa versión también fue variada.
El perjurio es tipificado y sancionado por el artículo 361 al 366 del Código Penal que dispone: "Perjurio es la afirmación de un hecho falso, bajo juramento o promesa de decir verdad: sea al declarar por ante algún Tribunal, Juez funcionario u otra persona competente para recibir el juramento o promesa; sea en algún documento suscripto por la persona que haga la declaración, en cualquier procedimiento civil o criminal".
La joven fue remitida a la Unidad de Prevención de la Violencia de Género, Intrafamiliar y Sexual del Distrito Nacional, con el objetivo de que el equipo multidisciplinario que tiene bajo su responsabilidad la evaluación de estos casos rinda el informe correspondiente.
El criterio de la Fiscalía es que si la mujer cambia su versión de los hechos, como consecuencia de la dependencia emocional de su agresor, las presiones socioeconómicas o el síndrome de la mujer maltratada, la variación de su testimonio no puede considerarse perjurio sino una consecuencia de las agresiones y maltratos que ha sufrido. El examen sicológico determinará si cometió perjurio o actuó por síndrome de mujer maltratada.
La orden fue dictada luego de que la jueza de la Novena Sala Penal declarara nula la emitida por el magistrado Alejandro Vargas, en fecha 24 de julio de 2012, por considerar que no debió ser dictada de oficio sino a solicitud de parte.
July López mintió bajo juramento, al declarar que Omega la había golpeado, lo que motivó la solicitud de orden de arresto en su contra. López luego suscribió un desistimiento diciendo que no era cierta esa denuncia, además en el tribunal, en ocasión del conocimiento de la medida de coerción declaró que ella no conocía a Omega y que los golpes que presentaba eran producto de una riña con una joven, pero posteriormente esa versión también fue variada.
El perjurio es tipificado y sancionado por el artículo 361 al 366 del Código Penal que dispone: "Perjurio es la afirmación de un hecho falso, bajo juramento o promesa de decir verdad: sea al declarar por ante algún Tribunal, Juez funcionario u otra persona competente para recibir el juramento o promesa; sea en algún documento suscripto por la persona que haga la declaración, en cualquier procedimiento civil o criminal".
La joven fue remitida a la Unidad de Prevención de la Violencia de Género, Intrafamiliar y Sexual del Distrito Nacional, con el objetivo de que el equipo multidisciplinario que tiene bajo su responsabilidad la evaluación de estos casos rinda el informe correspondiente.
El criterio de la Fiscalía es que si la mujer cambia su versión de los hechos, como consecuencia de la dependencia emocional de su agresor, las presiones socioeconómicas o el síndrome de la mujer maltratada, la variación de su testimonio no puede considerarse perjurio sino una consecuencia de las agresiones y maltratos que ha sufrido. El examen sicológico determinará si cometió perjurio o actuó por síndrome de mujer maltratada.